Todo sobre la Visa Americana, te lo explicamos al detalle.

El propósito de su viaje y otros hechos determinarán qué tipo de visa americana se requiere bajo la ley de inmigración de los Estados Unidos, te los explicamos al detalle.

Como solicitante de visa, usted debe demostrar que cumple con todos los requisitos para recibir la categoría de visa para la cual está solicitando.

Visas de Inmigrante

Familiares de Ciudadanos Estadounidenses o Residentes legales Permanentes Novio (a) para casarse con Ciudadano Estadounidense y vivir en los Estados Unidos.

¿Qué es un visado?

Un ciudadano de un país extranjero que busca entrar a los Estados Unidos generalmente debe obtener primero una visa de los Estados Unidos, la cual se coloca en el pasaporte del viajero, un documento de viaje emitido por el país de ciudadanía del viajero.

Ciertos viajeros internacionales pueden ser elegibles para viajar a los Estados Unidos sin visa si cumplen con los requisitos para viajar sin visa.

La sección de visas de este sitio web trata sobre las visas estadounidenses para que los ciudadanos extranjeros viajen a los Estados Unidos y Europa.

Los ciudadanos estadounidenses no necesitan una visa estadounidense para viajar, pero cuando planean viajar al extranjero pueden necesitar una visa expedida por la embajada del país que desean visitar.

Turismo y visitas B-1 y B-2

La mayoría de los solicitantes que solicitan una visa de no inmigrante son visitantes temporales que viajan a los Estados Unidos por negocios o placer. Las visas «B-1» se emiten a los visitantes temporales para el entrenamiento de negocios y corto plazo; las visas «B-2» se emiten a los visitantes temporales para viajes de turismo.

A la mayoría de los nacionales mexicanos se les expide una Tarjeta de Cruce Fronterizo y una visa B-1/B-2 combinadas, ya sea en forma de una tarjeta (Visa BCC/Laser) o de una lámina adherida a su pasaporte mexicano (BBBCV).

La clave para entender esta categoría de visa es la naturaleza temporal del viaje. Las personas de negocios usan visas B para :

  • Negociar contratos,
  • Asistir a exposiciones y conferencias,
  • Capacitación a corto plazo, c
  • Consultas con proveedores y clientes

Los turistas usan visas B para hacer turismo, visitar amigos y familiares, obtener tratamiento médico, etc. Las visas B  no son válidas  para empleo en los Estados Unidos.

Los solicitantes de visas B deben demostrar su intención de ingresar a los EE. UU. por un período temporal, únicamente con fines turísticos y/o de negocios a corto plazo.

Los solicitantes también deben demostrar fondos suficientes para cubrir los gastos de viaje durante su estadía en los Estados Unidos; así como suficientes lazos sociales, económicos y otros vínculos con su país de origen para obligar al solicitante a regresar después de una visita temporal y legal.

Documentación requerida

Documentación opcional

  • La documentación opcional puede variar dependiendo de la situación personal del solicitante. Las siguientes son meras sugerencias que pueden ayudar al oficial a evaluar sus intenciones de regresar a su país de origen y no son una lista exhaustiva de lo que los solicitantes deben presentar en su entrevista.

NOTA: Estos documentos pueden o no ser revisados en el momento de la entrevista.

  • Pasaportes que contengan todas las visas de los Estados Unidos anteriores, BCCs emitidos previamente, incluso si han caducado.
  • Certificado de nacimiento (original o copia certificada).
  • Tarjeta de Registro de Votante (IFE/INE) si tiene 18 años o más.
  • Comprobante de Finanzas (declaraciones bancarias, Cedula Fiscal, documentos fiscales).
  • Prueba de Educación (título escolar, Cédula Profesional)
  • Comprobante de Empleo (boletos de pago, credencial de la compañía, carta del departamento de recursos humanos)
  • Los puntos anteriores no deben considerarse una lista exhaustiva y la presentación de estos documentos no garantiza la emisión de visados. Esté preparado para explicarle al oficial de visas y presentar evidencia de por qué va a los Estados Unidos y por qué regresará a su país de origen.

Visado de Tránsito C

Las visas de tránsito (C) son visas de no inmigrante para personas que viajan en tránsito inmediato y continuo a través de la ruta de los Estados Unidos hacia otro país, con pocas excepciones.

Si usted ya tiene una visa de visitante (B) válida, es posible que pueda usarla para transitar por los Estados Unidos.

Si usted es ciudadano de un país participante, es posible que pueda transitar por los Estados Unidos en el Programa de Exención de Visa.

Miembros de la tripulación de un avión o buque comercial (C1/D)

Las visas C-1/D individuales se emiten a los miembros de la tripulación de las aerolíneas internacionales y a los extranjeros requeridos para la operación y servicio normal de un barco.

En el caso de estos últimos, al determinar quién califica para la visa C-1/D, tomamos en consideración las responsabilidades y actividades del individuo en el barco.

Por ejemplo, las visas C-1/D más comúnmente emitidas son para los miembros de la tripulación de cruceros e incluyen, pero no se limitan a, esteticistas, animadores y socorristas.

Documentación requerida

  • Pasaporte válido.
  • Página de confirmación del formulario DS-160.
  • Recibo bancario original de la tasa de solicitud.
  • Una carta de su empleador con encabezado estacionario confirmando su empleo con la compañía y el período que usted estará en los Estados Unidos.
  • Para tripulantes de yates privados o comerciales, por favor traiga también sus libretos del mar.

Documentación opcional

  • La documentación opcional puede variar dependiendo de la situación personal del solicitante. Las siguientes son meras sugerencias que pueden ayudar al oficial a evaluar sus intenciones de regresar a su país de origen y no son una lista exhaustiva de lo que los solicitantes deben presentar a su entrevista.
  • Pasaportes que contengan todas las visas de los Estados Unidos anteriores, incluso si han caducado.
  • Certificado de nacimiento (original o copia certificada).
  • Tarjeta de Registro de Votante (IFE) si tiene 18 años o más.
  • Comprobante de Finanzas (declaraciones bancarias, Cedula Fiscal, documentos fiscales).
  • Prueba de Educación (título escolar, Cedula Profesional).
  • Comprobante de Empleo (boletos de pago, credencial de la compañía, carta del Departamento de Recursos Humanos).

Visa de Estudiante F y M

Si usted es un estudiante, los Estados Unidos harán todo lo posible para asegurarse de que obtenga una cita y, si califica, una visa a tiempo para comenzar las clases a tiempo.

La ley de inmigración de los Estados Unidos proporciona dos categorías de visa de no inmigrante para estudiar en los Estados Unidos.

  •  La visa «F»  es para estudios académicos,
  •  La visa «M»  es para estudios no académicos o vocacionales.

Para obtener una visa de estudiante, primero debe solicitar y ser aceptado en una escuela en los EE. UU. Una vez que haya sido aceptado, la escuela le enviará un formulario llamado I-20 o I-20M. Debe presentar este formulario para obtener la visa.

Visa de Intercambio J

El programa de intercambio de visitantes J está diseñado para promover el intercambio de personas, conocimientos y habilidades en los campos de la educación, las artes y las ciencias.

Los participantes incluyen estudiantes de todos los niveles académicos:

  • Aprendices que obtienen capacitación en el trabajo con empresas.
  • Instituciones y agencias.
  • Profesores de escuelas primarias, secundarias y especializadas.
  • Profesores que vienen a enseñar o hacer investigación en instituciones de educación superior.
  • Académicos investigadores.
  • Estudiantes de investigación.
  • Aprendices profesionales en áreas médicas y afines.
  • Visitantes internacionales que vienen con el propósito de viajar, observar, consultar, investigar, capacitar, compartir o demostrar conocimientos o destrezas especializadas, o participar en programas organizados de intercambio entre personas.

Los visitantes J1 y J2 pueden obtener visas en cualquier momento antes del comienzo de sus programas.

La Embajada recomienda que los solicitantes de visa J soliciten sus visas tan pronto como sea posible para dejar suficiente tiempo para el procesamiento de la visa necesaria.

Sin embargo, los visitantes de intercambio no podrán entrar a los Estados Unidos 30 días antes de la fecha inicial de inicio del programa. Los solicitantes que continúen participando en un programa de visitantes de intercambio no están sujetos a esta restricción.

Documentación requerida

  • Pasaporte válido.
  • Página de confirmación del formulario de solicitud DS-160.
  • Recibo bancario original de la tasa de solicitud.
  • Formulario DS-2019 completado: El nombre en el formulario debe coincidir exactamente con el nombre en su pasaporte y ha sido ingresado en el sistema SEVIS por la institución académica de los Estados Unidos. Más información sobre SEVIS.
  • Recibo de honorarios de SEVIS: La mayoría de los solicitantes J, F y M deben pagar ahora una cuota de SEVIS. Por favor traiga un recibo electrónico o recibo I-797 a su entrevista. Información sobre cómo pagar la cuota de SEVIS.
  • Documentación opcional.

La documentación opcional puede variar dependiendo de la situación personal del solicitante. Abajo hay una lista de documentos que pueden ser útiles para el oficial de entrevistas.

  • Pasaportes que contengan todas las visas de los Estados Unidos o BCC anteriores, incluso si han caducado.
  • Certificado de nacimiento (original o copia certificada)
  • Tarjeta de Registro de Votante (IFE/INE) si tiene 18 años o más
  • Comprobante de Finanzas (declaraciones bancarias, Cedula Fiscal, documentos fiscales)
  • Prueba de Educación (título escolar, Cedula Profesional)
  • Comprobante de Empleo (boletos de pago, credencial de la compañía, carta del Departamento de Recursos Humanos)

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